Buen Futuro era el nombre de una empresa acopiadora de granos y proveedora de insumos, herramientas y maquinarias a los agricultores del norte de Alto Paraná. Los productores entregaban granos a dicha empresa con lo que esta cobraba los créditos que adelantaba y pagaba el excedente en efectivo.


Nueve años atrás, las partes cumplían normalmente sus respectivos mutuos compromisos. Los agricultores entregaban sus cosechas como acordaron y Buen Futuro descontaba por el crédito otorgado y el resto pagaba en efectivo. Pero tras la última entrega, Buen Futuro se declara en quiebra y llama a convocatoria de acreedores.


Para este trámite de orden judicial, Buen Futuro debía contar con los bienes debidamente identificados. Las instancias legales respectivas que intervienen en este proceso de quiebra dictaminaron a favor de los agricultores proveedores de granos, en el sentido de que Buen Futuro debía responder con sus propios bienes (ergo: 29 propiedades urbanas y rurales) que, sin embargo, Buen Futuro transfirió de mala fe a una empresa a la que debía una suma mayor, Tecnomil, a sabiendas que las 29 propiedades son legítima y legalmente destinadas para respaldar los compromisos asumidos con los proveedores de granos, que quedaron con sendos pagarés en las manos.
Tecnomil también habría actuado con dudosa fe en dicha operación.


La maquinaria judicial entró en marcha. Gestiones aquí y otras allá, abogados que van y vienen, influencias que afloran y actúan, hasta que una jueza, Victoriana Cáceres Duarte, bajo aparentes argumentos poco sustentables, dio razón a Tecnomil que quedó como empresa propietaria con las garantías que Buen Futuro reservaba para pagar sus cuentas a los proveedores de granos.


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