Con la promulgación de la ley que declara la emergencia nacional en materia de seguridad vial, el Poder Ejecutivo autorizó a la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial a implementar medidas excepcionales para prevenir, fiscalizar y reducir los siniestros viales en el país.
La normativa, firmada por el presidente de la República, establece en su artículo 2 que la Agencia podrá adoptar acciones administrativas extraordinarias, impulsar campañas de concienciación y utilizar medios tecnológicos para fortalecer los controles en rutas y calles.
Asimismo, el artículo 3 faculta a la institución a establecer los mecanismos operativos, técnicos e interinstitucionales necesarios para ejecutar estas medidas. La inclusión de los llamados «medios tecnológicos» abre la posibilidad de reactivar el uso de fotomultas para detectar y sancionar infracciones de tránsito, como adelantamientos indebidos y otras faltas.
Cabe recordar que las fotomultas fueron implementadas por primera vez en 2009 en algunas rutas mediante un contrato con la empresa Sertran, pero fueron suspendidas en 2010 tras cuestionamientos sobre su legalidad.
Posteriormente, en 2012, algunos municipios también aplicaron este sistema, aunque fue dejado sin efecto luego de varias disputas judiciales y fallos de la Corte Suprema que determinaron que dichos controles correspondían a la Patrulla Caminera y no a las municipalidades.



