La Sala Constitucional de la Corte dejó sin efecto la ley, los reglamentos y decretos que prohíben la asignación de cupo de combustibles a autoridades y funcionarios de los tres poderes del Estado, alegando “perjuicios irreparables” en el plan de gastos 2025.
Las autoridades y funcionarios de los tres poderes del Estado seguirán recibiendo cupos de combustibles, tras la decisión de la Sala Constitucional de admitir una medida cautelar que suspende el artículo 1 de la Ley 6954, reglamentos y decretos que prohibían dicha asignación, informó el periodista de Última Hora Raúl Ramírez.
El párrafo normativo impedía “la asignación, descuento, exoneración y entrega de combustibles, tarjetas personales o de cupos de combustibles a las autoridades y funcionarios de los tres Poderes del Estado y de los Organismos y Entidades del Estado (OEE).
De esta forma, se mantienen los privilegios a los funcionarios públicos y autoridades.
La resolución fue firmada el pasado 28 de abril por los ministros de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, Luis María Benitez Riera y Víctor Ríos.
Como argumento se menciona que “las normas dictadas por el Ejecutivo que aprueba el Presupuesto General de la Nación podrían acarrear perjuicios irreparables, por lo que corresponde hacer lugar a la medida cautelar”, señaló NPY.
La media quedará vigente hasta que se estudie la acción de inconstitucionalidad planteada por el abogado Gustavo Gorostiga, asesor de la Corte.
El Presupuesto General de la Nación para este año asciende a G. 133,1 billones, incluyendo el aumento de cerca de G. 6 millones de salario para los senadores y vales de combustible para los diputados.
Durante la gestión actual, la ciudadanía cuestionó las contrataciones de parientes sin título universitario, conocidos como los nepobabys, la centralización de recursos en algunas instituciones y superpoderes a algunos ministros.
Fuente: UH