La Fundación del periodista Benjamín Fernández Bogado, Libre, no cumple con la exigencia de informar al Ministerio de Economía y Finanzas sobre su estructura jurídica y nómina de beneficiarios finales.
Sin embargo, su propietario no ahorra exabruptos en contra del Gobierno de Santiago Peña, denunciando la corrupción de los demás pero ignorando las normas que a él también le exigen transparencia.
Fundación Libre es una de las organizaciones sin fines de lucro beneficiadas con el dinero manejado por el Centro de Información y Recursos para el Desarrollo (CIRD), el cual recibió fondos de la USAID para llevar adelante proyectos como “Fortalecimiento de la respuesta contra el Covid-19″ y “Más ciudadanía – menos corrupción”.
La actuación de Fernández Bogado en cuanto a su fundación puede corroborarse en una nota que la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas del Ministerio de Economía remitió a la Comisión Bicameral de Investigación (CBI) antilavado. De acuerdo con la institución, esta fundación “no efectuó la comunicación establecida en la Ley N. 6446/2019 y su reglamentación, por tanto, no obran datos en los registros de esta dirección”. Es decir, la organización sin fines de lucro de Benjamín Fernández Bogado no actualiza su estructura jurídica ni sus beneficiarios finales, por lo que se desconoce quiénes manejan el dinero que recibe y a quiénes se destina.
La citada normativa obliga a las sociedades, asociaciones y fundaciones a proporcionar datos al Ministerio de Economía para su correspondiente registro administrativo. Se exigen informaciones tales como los nombres de los accionistas o autoridades que se encuentran a cargo de la dirección, control y administración de las mismas, sus estatutos sociales u otros instrumentos de creación y la última asamblea de asociados de elección de autoridades. Asimismo, deben individualizar claramente quiénes son sus beneficiarios.
La ley establece que, una vez vencidos los plazos de registros e informes establecidos, las personas y estructuras jurídicas que no hayan cumplido con la obligación señalada, hasta tanto se formalice la obligación, quedarán sujetas a las siguientes consecuencias: no podrán abrir nuevas cuentas, emitir títulos de deuda o de participación, ni realizar trámites de depósitos o de remesas, o realizar otras operaciones sean activas, pasivas o neutras ante las entidades que integran el Sistema Financiero, y además se les bloqueará el Registro Único del Contribuyente (RUC).
Fuente: ADN