La exjueza en lo Civil y Comercial, Tania Irún, afrontará juicio oral y público por prevaricato, al haber beneficiado a cuatro empresas extranjeras con inmuebles ubicados en zona de seguridad fronteriza, sin haber corroborado los datos de dichas compañías. 

Tania Carolina Irun Ayala, entonces Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo quinto turno de la Capital, en el marco del juicio caratulado “Cusabo Limited y otros c/ la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial S/ cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura de hacer escritura pública”, dictó la sentencia definitiva N° 494 de fecha 23 de noviembre del año 2018, sin haber corroborado los datos precisos de las identidades ni nacionalidades de los representantes legales de las firmas Cusabo y Kyveloria Limited, Elite Kingdom Investements y Firstar Investements Limited. 

Cabe señalar que las firmas Cusabo Limited y Kyveloria Limited son originarias de Chipre, mientras que las sociedades Elite Kingdom Investements Limited y Firstar Investments Limited son provenientes de las islas vírgenes británicas. Así también se le sindica a la acusada el no haber tenido en cuenta la calidad de las acciones o títulos (si eran nominativos o al portador), y el no haber corroborado si los títulos eran endosables, incumpliendo con cada una de estas conductas lo establecido en los arts. 1, 2, 4 y 8 de la Ley 2532/2005 “Que establece la zona de seguridad fronteriza de la República del Paraguay”. 

En consecuencia intimó a la parte demandada (Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial) a otorgar la escritura traslativa de dominio a favor de las firmas demandantes con relación a unos inmuebles ubicados en el departamento de Alto Paraguay con una superficie total aproximada de 310.000 hectáreas, de las cuales varios inmuebles se encuentran ubicados en la zona de seguridad fronteriza, perjudicando con ello a la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial y beneficiando a las cuatro empresas extranjeras. 

La acusación concluye que Tania Carolina Irun Ayala tergiversó y violó el derecho, apartándose de lo establecido en la Ley 2532/2005 y en las previsiones del art. 256 segundo párrafo de la C.N. en concordancia con el art. 15 inc. B del Código procesal civil, puesto que tuvo que haber fundado la sentencia definitiva en pruebas al estar en juego la soberanía nacional.

Fuente: El Observador